
Personas mayores de 18 años, familiares o instituciones pueden ser elegidos para tramitar y percibir prestaciones.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), organismo bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, recordó que jubilados y pensionados tienen la posibilidad de designar a un apoderado para que gestione o perciba sus prestaciones.
Según corroboró la Agencia Noticias Argentinas, esta opción también es válida para nombrar un representante temporal en caso de que el titular tenga impedimentos para movilizarse.
Requisitos y tipos de apoderados
1. Apoderado Familiar o Particular:
- Cualquier persona mayor de 18 años puede ser apoderada.
- Si el elegido es un familiar, el trámite no requiere turno previo.
- Procedimiento: Se recomienda verificar que los datos del titular y el grupo familiar estén actualizados en mi Anses. Luego, deben concurrir a la oficina más cercana con el DNI del titular y la documentación que acredite el vínculo familiar.
2. Representantes Institucionales y Otros Profesionales:
Los titulares tienen la opción de elegir a:__IP__
- Entidades Públicas: Nacionales, provinciales o municipales.
- Instituciones: Mutuales y de asistencia social.
- Abogados o Procuradores: Requieren un poder certificado ante escribano.
- Directores de Establecimientos: Para personas internadas en hospitales, sanatorios o asilos, se puede designar al director o administrador.
3. Residentes en el Exterior:
- Quienes residan fuera del país pueden otorgar poder a un banco que cuente con la opción de "giro al exterior" para efectuar el cobro.
- Bancos Habilitados: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.
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