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Transformaciones recientes en el sistema de salud pública de La Pampa


Durante los últimos años, la provincia de La Pampa experimentó un notable crecimiento en infraestructura sanitaria, incorporación de tecnología, ampliación de servicios de alta complejidad y fortalecimiento del recurso humano en salud. 

Este proceso permitió que numerosos tratamientos antes derivados a Buenos Aires pudieran realizarse dentro del territorio provincial, reduciendo el desarraigo de pacientes y familias.

Sin embargo, el contexto económico actual —marcado por la contracción económica y el ajuste del gobierno nacional encabezado por Javier Milei— ha incrementado la demanda sobre el sistema público. Muchas personas, afectadas por la pérdida de empleo formal o por el encarecimiento de la medicina privada, migraron del sistema privado hacia los hospitales públicos pampeanos.

Frente a esta presión creciente, el gobierno provincial decidió revisar y actualizar los criterios de contribución económica para el acceso a los servicios de salud, con el objetivo de sostener la capacidad operativa del sistema sin vulnerar el derecho a la atención.


Nuevos criterios de contribución y categorización de usuarios

Mediante la resolución 2801/25, vigente desde el lunes pasado, la provincia redefinió las categorías de usuarios de la salud pública, ajustando los umbrales de ingreso y precisando quiénes deben contribuir económicamente.

 No contribuyentes

Se considera “No contribuyentes” a quienes poseen ingresos familiares inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM).
Con el SMVM de noviembre fijado en $322.200, el umbral para esta categoría se sitúa en $1.933.200 de ingreso familiar mensual.

Quienes se encuentren por debajo de ese monto podrán acceder gratuitamente a la totalidad de las prestaciones del sistema público pampeano.

 Mutualizados

Incluye a quienes cuentan con obra social, mutual o medicina prepaga. Este grupo se divide en:

  • Mutualizados con capacidad de pago: ingreso familiar igual o superior a seis SMVM. Deben pagar por las prestaciones recibidas en el sistema público.

  • Mutualizados sin capacidad de pago: ingreso familiar inferior a seis SMVM. Aunque tengan cobertura, no pagarán por la atención si sus ingresos son bajos.

  •  Contribuyentes

Son las personas con ingresos familiares iguales o superiores a seis SMVM, independientemente de si tienen cobertura de salud.
Deben abonar la totalidad de las prestaciones, incluyendo consultas, estudios, internaciones, medicamentos e insumos hospitalarios.

Evaluación socioeconómica

La categorización será realizada por agentes del propio equipo de Salud o por las direcciones de los establecimientos, quienes evaluarán los ingresos y la composición patrimonial del grupo familiar. Esta evaluación permite identificar de manera más precisa la capacidad real de pago de cada paciente.


Residencia y acceso de personas de otras provincias o países

Las nuevas pautas también establecen que:

  • Quienes no acrediten al menos dos años de residencia en La Pampa deberán pagar por los servicios.

  • Los residentes de otras provincias o del extranjero también deberán abonar el costo total de las prestaciones.

Esto apunta a evitar que el sistema provincial absorba demandas externas que pongan en tensión su capacidad, especialmente ante el aumento de población que recurre al sector público.


La posible implementación de la “factura fantasma” o “factura simbólica”

Un punto de debate dentro del Ministerio de Salud es la incorporación de la llamada factura fantasma, una práctica utilizada en algunos países europeos, especialmente discutida en España tras la pandemia de Covid-19.

¿Qué es la factura fantasma?

Es un documento que se entrega al paciente tras recibir atención en el sistema público, sin obligación de pago, que detalla:

  • Costo estimado de los estudios realizados

  • Gastos asociados a medicación o tecnología médica

  • Honorarios profesionales y recursos utilizados

  • Costo total de la atención brindada

Objetivos de esta medida

  • Concientización social: Ayuda a que la población tome dimensión económica de los recursos que demanda cada prestación en salud.

  • Transparencia: Facilita la comprensión del financiamiento del sistema público.

  • Uso responsable del sistema: Busca desalentar prácticas como consultas innecesarias o uso indebido de servicios de urgencia.

Debate en torno a su implementación

Las opiniones suelen dividirse en dos corrientes principales:

  1. Postura favorable:

    • Considera que la factura fantasma promueve una cultura ciudadana de mayor valorización y cuidado del sistema sanitario.

    • Aumenta la percepción del costo real de tecnologías y tratamientos complejos, como quimioterapia, terapias inmunológicas, neurofármacos costosos o cirugías de alta complejidad.

  2. Postura crítica:

    • Profesionales de la salud advierten que puede interpretarse como un señalamiento individual o una forma de responsabilizar al paciente por costos que deberían ser cubiertos colectivamente.

    • Proponen, en cambio, difundir información general sobre gastos sanitarios sin vincularlos a casos particulares.

Por ahora, en La Pampa la medida está en análisis, y su aplicación dependerá de evaluaciones técnicas y del impacto social esperado.


Objetivo central: un sistema de salud más equitativo

Desde el Ministerio de Salud provincial sostienen que el propósito de las medidas no es privatizar ni restringir el acceso a la salud pública, sino mejorar la equidad. Según explicaron funcionarios, la intención es que:

  • Quienes menos tienen, no paguen.

  • Quienes más recursos poseen, contribuyan más al sostenimiento del sistema.

  • Nadie quede sin atención, especialmente en situaciones de urgencia, donde lo económico se evalúa siempre después de garantizar la asistencia médica.

La provincia defiende esta readecuación como una manera de preservar un sistema que sigue siendo universal, solidario y accesible, pero que necesita herramientas de gestión para enfrentar el incremento de demanda y la disminución de recursos provenientes del Estado nacional.

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