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Comunicado Sobre La Situación Del Acuerdo Paritario Del Sector Comercio


Queremos informar a la comunidad que el acuerdo paritario ya está firmado y se encuentra vigente menciono Rodrigo Geroni Secretario general CEC. Fue suscrito por la CAME, UDECA y la CAC, y ya está siendo aplicado en la mayoría de los comercios.

Es importante destacar que, según la cláusula 10 del acuerdo, su aplicación no depende de la homologación formal. Es decir, la liquidación debe realizarse igualmente, y en caso de no estar homologado aún, se considera como un pago a cuenta de futuros aumentos. Esta disposición garantiza que el aumento salarial se haga efectivo sin demoras.

La gran mayoría de los comercios ya abonaron este incremento. Incluso grandes cadenas como La Anónima ya anunciaron que están cumpliendo con el acuerdo. Por ello, nos sorprenden las declaraciones del Ministro Caputo, que generan confusión al insinuar que las grandes empresas no deben pagar el aumento por falta de homologación.

Estamos hablando de los salarios de los trabajadores, y montos como $7.000, $14.000 o $21.000 no representan una amenaza a la sustentabilidad de un comercio. Las dificultades económicas actuales del sector no se deben a los aumentos salariales, sino a las políticas macroeconómicas implementadas por el gobierno, especialmente el alza en los costos de la energía (combustibles y electricidad).

Los trabajadores no llegan a fin de mes no por los aumentos paritarios, sino porque la canasta básica crece por encima de la inflación real medida. Esto afecta directamente el poder adquisitivo.

A quienes aún no hayan cobrado el aumento, les pedimos que se comuniquen al 433539 (Centro de Empleados de Comercio). Intervendremos para dialogar con el empleador y el contador correspondiente, y así garantizar que se liquide lo que corresponde.

En cuanto al detalle del acuerdo salarial:

  • Abril: aumento del 1,9% más una suma fija de $35.000

  • Mayo: aumento del 1,8% más $40.000

  • Junio: aumento del 1,7% más $40.000

Estas sumas fijas no son remunerativas pero se incorporarán al básico en julio. No son montos únicos ni excepcionales; forman parte de un esquema de actualización que compensa la inflación no cubierta en los meses anteriores (enero, febrero y marzo).

Si la inflación oficial resulta mayor que los porcentajes acordados, como por ejemplo si en abril llega al 4%, el sector empresario tendrá una diferencia pendiente a compensar en los próximos acuerdos.

Finalmente, queremos aclarar que el rol del Ministerio de Trabajo o de la Secretaría de Trabajo no es cuestionar un acuerdo firmado, sino homologarlo. Su intervención debe limitarse a los casos donde no se haya alcanzado acuerdo entre las partes, lo que claramente no aplica en esta situación.

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